A partir de hoy en adelante, comienzan a vencer las presentaciones del periodo fiscal 2022 en materia del régimen de información de participaciones societarias y rentas pasivas de la RG 4697 (ex 4120)

27/07/2023

¿Quiénes deberán actuar como agentes de información?

GRUPO I:

▶️ Las personas humanas y sucesiones indivisas -domiciliadas o radicadas en el país y en el exterior- que, al día 31 de diciembre de 2022, resulten titulares o tengan participación en el capital social o equivalente.
▶️ Las sociedades, empresas, establecimientos estables, patrimonios de afectación o explotaciones domiciliados o, en su caso, radicados o ubicados en el exterior que, al día 31 de diciembre de 2022, resulten titulares o tengan la participación a que se refiere el punto anterior.
▶️ Las sociedades controladas, controlantes y/o vinculadas en los términos de la Ley general de sociedades 19.550.
▶️ Los directores, gerentes, administradores, síndicos y miembros del consejo de vigilancia.
▶️ Los apoderados no incluidos en el inciso anterior, cuyo mandato o representación haya tenido vigencia durante el año que se declara, la mantengan o no a la fecha de cumplimiento del presente régimen.

GRUPO II:

Las personas humanas domiciliadas en el país y, cuando corresponda, las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, respecto de:

▶️ Sus participaciones societarias o equivalentes (títulos valores privados, acciones, cuotas y demás participaciones) en entidades constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior, incluidas las empresas unipersonales, de las que resulten titulares.

▶️ El desempeño de cargos directivos y/o ejecutivos o el carácter de apoderados, en cualquier sociedad, estructura jurídica, ente o entidad, con o sin personería jurídica, constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior.

GRUPO III: Rentas Pasivas.

Los sujetos obligados que sean titulares de más del 50 % de las acciones o participaciones del capital de sociedades o cualquier otro ente del exterior -excepto fideicomisos y fundaciones-, los directores, gerentes, apoderados, miembros de los órganos de fiscalización o quienes desempeñen cargos similares en dichas sociedades o entes del exterior, que obtengan una renta pasiva superior al 50 % de sus ingresos brutos durante el año calendario.

Importante:

El cumplimiento de este régimen de información es requisito para la tramitación de solicitudes referidas a la incorporación o permanencia en los distintos registros implementados por la AFIP, a la obtención de certificados de crédito fiscal y de constancias de situación impositiva o previsional, entre otras.